Los tres están condenados por participar del robo perpetrado al camionero de Pascanas en Diciembre de 2003. Los acusados por el homicidio no gozan del mismo beneficio.
Cinco personas fueron condenadas en su momento por el robo y posterior asesinato del camionero de Pascanas Miguel Oviedo en un hecho que sacudió a toda la región y tocó muy de cerca a nuestra ciudad. Raúl Infante y Jorge Buffa fueron condenados por instigación al robo calificado y Horacio Vitelli como Partícipe necesario de robo calificado, los tres recibieron 15 años de prisión, en tanto Cristian De Britos fue condenado como autor del homicidio y José María Terán como co-autor del homicidio y recibieron la pena de cadena perpetua mas reclusión perpetua por tiempo indeterminado.
Hoy la causa se mueve y los tres condenados por participar en el robo gozan del beneficio de salidas transitorias. Rodolfo Filipone, periodista de FM LINEA de la localidad de Pascanas dialogó con el dr. Arturo Ferreyra, juez de control del tribunal de Villa María quién brindó detalles de como se llegó a otorgar este beneficio y cuales son los requisitos a cumplir por parte de los detenidos.
«A fines del año pasado el servicio penitenciario me envió una propuesta de salidas transitorias para estos detenidos, que yo envié al fiscal, que es en definitiva el que controla con el ojo avisor de representante de la sociedad y para los tres casos el fiscal después de leer el informe del Consejo Correccional del Servicio Penitenciario, de los peritos psicológicos y psiquiátricos entendió que correspondía otorgarle salidas transitorias y así me lo hizo saber» explicó Ferreyra y agregó: «además yo me entrevisté personalmente con los tres, le hice saber sus derechos y responsabilidades sobre todo el estricto cumplimiento de las pautas de conducta y a partir del mes de enero se le dio el goce de una salida transitoria mensual».
En la misma entrevista otorgada a FM LINEA de Pascanas el día viernes 19 de febrero a las 10:30 hs el juez de control brindó detalles de las características que tiene este tipo de salidas y explicó que «es una sola salida mensual de entre 4 y 5 horas, permanentemente controladas por personal de seguridad del servicio penitenciario y de la policía de la provincia de Córdoba y que para otorgarlas se hace un análisis previo de extrema rigurosidad y prudencia, estudiando el lugar donde va a ir a radicarse en ese tiempo, informándole que no puede ir a otra parte, no puede beber alcohol en ningún momento, no puede ejercer el comercio, solamente tiene autorización para trasladarse desde el penal a un determinado domicilio y volver al penal en el momento indicado, en la medida que cumplan rigurosamente podrán seguir gozando de ese derecho, en caso de que infrinjan estas condiciones en lo mas mínimo van a perder este beneficio».
Consultado acerca de si estas salidas son un paso previo a la libertad definitiva el juez fue muy concreto «Esto es un proceso que comienza desde el mismo día en que se lo condena. Todo detenido busca recuperar la libertad en algún momento, pero para gozar de la libertad condicional existen otros requisitos que establece la ley y que son mucho más estrictos.» concluyó Ferreyra
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